Resumen de ayudas
Categorías de la convocatoria
Categoría A
Ayudas para proyectos de investigación
- 5 ayudas de 15.000 € cada una.
- Plazo máximo de ejecución: 3 años.
- Dotación total: hasta 75.000 €.
Categoría B
Proyectos cuyo IP preferentemente < 45 años y beneficiario de programas de excelencia (Juan Negrín, Severo Ochoa, Río Hortega, etc.).
- 2 ayudas de 30.000 € cada una.
- Plazo máximo: 3 años.
- Dotación total: hasta 60.000 €.
- Al menos el 50% con vertiente preferentemente clínica, novedosa en diagnóstico, pronóstico o tratamiento.
Categoría C (C1 y C2)
Ayudas de movilidad para estancias formativas en centros nacionales o internacionales.
- Dotación total: hasta 48.000 €.
- C1 (residentes, socios pre-numerarios):
6 ayudas; duración mínima 1 mes; hasta 2.000 € por ayuda. -
C2 (no residentes):
6 ayudas; estancias < 2 meses hasta 4.000 €,
estancias ≥ 2 meses hasta 6.000 €.
Bases y condiciones
Detalles de la convocatoria
Podrán optar a las ayudas los miembros de la SEAIC que acrediten su condición en el momento de realizar la solicitud.
- El primer firmante debe ser miembro de honor, numerario o adherido de la SEAIC.
- En las Ayudas para estancias formativas (Categoría C1) también pueden presentarse socios pre-numerarios.
- Tendrán carácter preferente los especialistas en Alergología e Inmunología Clínica jóvenes y/o de reciente formación.
- El primer firmante debe estar contratado por el centro solicitante de la ayuda.
- Un mismo investigador principal (IP) podrá presentar una única solicitud en la Categoría A o en la B (no ambas) y solo podrá añadir una segunda solicitud si fuera de la la Categoría C2.
Categoría A: Ayudas para proyectos de investigación
- 5 ayudas de 15.000 € por proyecto.
- Plazo máximo de ejecución: 3 años.
- Dotación total: hasta 75.000 €.
Categoría B: Proyectos con IP joven y programas de excelencia
- IP preferentemente menor de 45 años, beneficiario de programas de excelencia (Juan Negrín, Severo Ochoa, Río Hortega, etc.).
- 2 ayudas de 30.000 € por proyecto.
- Plazo máximo de ejecución: 3 años.
- Dotación total: hasta 60.000 €.
- Al menos el 50 % de las ayudas se destinan a trabajos con vertiente preferentemente clínica, novedosos en diagnóstico, pronóstico o tratamiento.
- Hasta el 65 % del importe de la ayuda puede dedicarse a contratación de personal, garantizando la viabilidad del proyecto con el presupuesto restante.
Categoría C: Ayudas de movilidad para formación continuada
Ayudas para estancias en centros de reconocido prestigio, con el objetivo de fomentar la formación continuada, de alta calidad y excelencia, en Alergología.
- Dotación total para estancias formativas: hasta 48.000 €.
C1 (Residentes – socios pre-numerarios SEAIC)
- 6 ayudas.
- Duración mínima: 1 mes.
- Importe por ayuda: hasta 2.000 €.
- Dotación total: hasta 12.000 €.
C2 (No residentes)
- 6 ayudas.
- Estancias inferiores a 2 meses: hasta 4.000 €.
- Estancias iguales o superiores a 2 meses: hasta 6.000 €.
- Dotación total: hasta 36.000 €.
Las ayudas están destinadas a material fungible, contratación de personal y gastos generales (transporte, alojamiento, etc.), según la modalidad.
En todas las solicitudes debe hacerse constar de forma explícita la existencia de otras ayudas para la realización del proyecto.
Categorías A y B
- El presupuesto debe detallar claramente todas las partidas.
-
Distribución de la dotación (del presupuesto restante si se contrata
personal, o del total en caso contrario):
- Contratación de personal: hasta el 65 %.
- Material fungible.
- Gastos generales: máximo 10 %.
- No se subvencionan pruebas complementarias de rutina en una consulta de alergia (pruebas cutáneas, IgE específica estándar, pruebas funcionales respiratorias, etc.), salvo excepciones como alérgenos recombinantes.
- Se aceptan trabajos multicéntricos o de colaboración con centros de investigación nacionales.
Categoría C
Las ayudas se destinan principalmente a transporte y alojamiento en la ciudad donde se realiza la estancia formativa.
Tras la estancia deberán presentarse justificantes de los gastos más relevantes efectuados.
No se financiarán estancias ya realizadas. No serán objeto de financiación las estancias que hayan finalizado antes del lanzamiento de la convocatoria (15 de noviembre de 2025), pero sí si estuvieran aún en curso.
- Las ayudas solo pueden solicitarse durante el período anual de convocatoria.
- El envío de los proyectos se realizará exclusivamente por vía telemática desde esta misma página. Desde aquí podrá realizar tanto la creación de su usuario como cumplimentar la solicitud.
- Para acceder a la plataforma será necesario crear un usuario, verificarlo por correo electrónico y completar los datos requeridos, teniendo preparada la documentación indicada en el apartado 5.
- La plataforma permite guardar la solicitud en modo borrador y editarla hasta el cierre del plazo. Una vez finalizado, no se podrán hacer cambios.
- Los datos del solicitante en la plataforma deben coincidir con los del investigador principal.
Plazos de la convocatoria 2025
- Fecha límite de recepción de solicitudes: 15 de enero de 2026 (inclusive), sin posibilidad de prórroga.
- El acceso a la plataforma de becas se anunciará tras el lanzamiento de la convocatoria.
El proyecto debe presentarse utilizando la plataforma online de la Fundación de la SEAIC.
Los datos relativos al proyecto deben mantener el anonimato de los solicitantes y del centro (no incluir nombres de investigadores ni del servicio). La falta de anonimato puede implicar que la ayuda no sea evaluada.
Categorías A y B
- Completar los datos del Proyecto de investigación anónimo mediante formulario web (plantilla disponible para descarga).
- Anexar el CV del Investigador Principal (que debe ser el solicitante).
- Anexar las publicaciones de los últimos 10 años relacionadas con el tema del proyecto (según plantilla web).
- Anexar el documento de aprobación del CEIC.
- Anexar un certificado de conformidad del Jefe de Servicio.
Categorías C1 y C2
- Completar los datos del Proyecto de formación anónimo, justificando la necesidad de la ayuda en función de las necesidades de formación personal y el interés para el centro de origen (modelo disponible para descarga).
- Anexar el CV del solicitante.
- Anexar la carta de aceptación del centro receptor.
La Fundación de la SEAIC designará el Jurado encargado de conceder las ayudas del Fondo para el Fomento de la Investigación. El proceso de evaluación se detalla en la página web de la Fundación.
- El jurado debe disponer de toda la documentación requerida para valorar las solicitudes; la ausencia de documentos puede ser motivo de exclusión.
- El jurado podrá solicitar información adicional y, si lo considera, realizar una entrevista personal con el primer firmante.
- El fallo del jurado es inapelable.
- En caso de no concesión, la Secretaría Técnica devolverá, a petición del primer firmante, los originales del proyecto.
El seguimiento de las ayudas será realizado por la Comisión de Fomento de la Investigación de la Fundación de la SEAIC, en colaboración con la Secretaría Técnica. Semestralmente se revisarán las concesiones de años anteriores.
Memorias
- Todos los beneficiarios deben presentar una memoria anual por cada año transcurrido desde la adjudicación y una memoria final al finalizar el proyecto.
- En ayudas para estudios en el extranjero y proyectos de duración ≤ 1 año basta con una memoria final.
- El envío de memorias se hará vía plataforma de becas o, en caso de fallo técnico, por correo electrónico a la Secretaría Técnica.
- Si, transcurridos 2 meses desde la fecha prevista, la memoria no se ha recibido, la Secretaría Técnica informará a la Comisión, que podrá proponer la retirada de la ayuda y el bloqueo de la cuenta asociada hasta la recepción de la documentación.
Supuestos de anulación de la ayuda
- No cumplir el plazo previsto para el desarrollo del trabajo. Solo se autorizará una prórroga de 1 año por motivos extraordinarios debidamente justificados.
- No remitir la memoria parcial anual tras un aviso de retirada de la ayuda.
- No haber iniciado el proyecto tras 1 año desde la concesión.
- No mencionar que el trabajo está realizado con una ayuda de la Fundación cuando se publiquen o presenten resultados.
En los tres primeros supuestos, el grupo investigador podrá ser penalizado con la imposibilidad de acceder a nuevas ayudas durante hasta 3 años. En el cuarto supuesto, la penalización podrá ser de hasta 1 año.
Para ampliar o continuar la línea de investigación será necesario solicitar una nueva ayuda, que se evaluará de nuevo. No se concederá una nueva ayuda si hay memorias pendientes de un proyecto previo.
Si un proyecto requiere financiación superior al límite asignado, se podrá solicitar una financiación parcial, debidamente justificada.
La solicitud de prórroga debe hacerse al menos 3 meses antes de la fecha de finalización de la ayuda. Será evaluada por la Comisión, que emitirá resolución antes de que concluya el período de realización.
- Los pagos se realizan siempre contra facturas de material fungible utilizado, emitidas por el proveedor a nombre de la Fundación de la SEAIC, a medida que se consume el material.
-
No se abonarán facturas que:
- No estén a nombre de la Fundación.
- Incluyan conceptos no contemplados (material no relacionado con el proyecto, papelería, encuadernación, material inventariable, etc.).
- En ningún caso se pagará una cantidad superior a la dotación concedida.
Las ayudas del Fondo para el Fomento de la Investigación de la Fundación de la SEAIC son compatibles con otras ayudas referidas al mismo tema.
Esta situación debe hacerse constar en la solicitud, indicando la procedencia e importe de las otras ayudas o similares.
- El solicitante (IP) debe proporcionar una dirección de email y/o teléfono válidos. En caso de cambio, es su responsabilidad notificarlo a la Secretaría Técnica.
- El plazo máximo para la realización de los proyectos de Categorías A y B es de 3 años. Transcurrido dicho plazo, si no se ha solicitado prórroga, la ayuda se considerará finalizada y no se aceptarán más facturas.
- Solo se autorizará una prórroga de 1 año por motivos extraordinarios, que evaluará la Comisión.
- En cualquier publicación o medio de difusión donde se haga referencia al trabajo financiado, debe mencionarse que es un proyecto becado por el Fondo para el Fomento de la Investigación de la Fundación de la SEAIC. En caso contrario, la SEAIC podrá penalizar al grupo con la imposibilidad de solicitar nuevas ayudas durante hasta 1 año.
- El envío de una solicitud implica que el primer solicitante ha leído y comprendido las normas de la convocatoria y se compromete a su cumplimiento.
- Si no se presentan proyectos que cumplan los requisitos específicos o la calidad necesaria, la Comisión de Ayudas podrá redistribuir los fondos de esa categoría entre otros proyectos.
- Existe la posibilidad de dotar un proyecto con un porcentaje del total o de financiar servicios prestados necesarios para la viabilidad del proyecto, efectuando el pago a una entidad y no a una persona.
Para consultas relacionadas con esta convocatoria de becas, puede contactar con la Secretaría Técnica de la Fundación de la SEAIC en:
La Fundación de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (FSEAIC), como Responsable del Tratamiento, tratará los datos personales conforme a la legislación vigente, con la finalidad de tramitar la solicitud de acceso a las ayudas, así como, en caso de concesión, su gestión, tramitación, seguimiento y gestión contable y fiscal.
La base del tratamiento es la tramitación y evaluación de la solicitud. Los méritos de los solicitantes se compartirán exclusivamente con los evaluadores que formen parte del Jurado.
La presentación de la solicitud implica que el primer solicitante ha leído y comprendido la información relativa al tratamiento de datos personales y las normas de la convocatoria, y se compromete a su cumplimiento.
Datos personales tratados
Se solicitarán, entre otros: nombre, apellidos, teléfono, correo electrónico, categoría de socio, centro, dirección, población, código postal, provincia, así como el CV del Investigador Principal, sus publicaciones de los últimos 10 años y la conformidad del Jefe de Servicio.
La SEAIC podrá publicar en medios de comunicación y en su página web la relación de solicitantes que obtengan una beca, en base al interés legítimo.
Derechos de los interesados
Los interesados pueden ejercer sus derechos a revocar el consentimiento, solicitar el acceso, rectificación o supresión de sus datos, limitar su tratamiento, oponerse al mismo y ejercer el derecho de portabilidad.
Las solicitudes podrán dirigirse a: rgpd@seaic.org o por correo postal a C/ Tuset, 20-24, 3ª planta, 08006 Barcelona.
También se puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos a través de su web.
Para más información, se puede contactar con la Fundación de la SEAIC en silvina.wenk@seaic.org o con la Secretaría Técnica en seaic@seaic.org.
Contacto
Secretaría Técnica · Fundación de la SEAIC
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